El objeto de esta Ordenanza es la regulación de celebración en locales municipales del Ayuntamiento del bautizo civil de un niño/a, entendido como ceremonia civil y laica de bienvenida o acogimiento social a la comunidad vecinal que constituye este Municipio y que consistirá, esencialmente, en un acto solemne mediante el cual los padres, madres o tutores que lo soliciten puedan presentar a la citada comunidad vecinal a su hijo/a menor de edad y hacer público su compromiso de educarle en los valores cívicos de la dignidad de las personas.